28 marzo, 2024

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Nueva Era

Diputados aprueban Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros

El texto dispone que la participación de las autoridades educativas de las entidades y de las representaciones sindicales, se dará en un proceso público tripartita

En San Lázaro se aprueba en lo general y en lo particular con 234 votos a favor, 81 en contra, el dictamen con la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros que establece los procesos de selección para la admisión, promoción y reconocimiento del personal que ejerza la función docente, directiva o de supervisión.

El documento plantea crear un Sistema Abierto y Transparente de Plazas, dirigido por la Federación, en el cual se registrarán las vacantes por parte de los directores de las escuelas, de los superiores jerárquicos en el plantel educativo y de las autoridades de las entidades federativas.

El texto dispone que la participación de las autoridades educativas de las entidades y de las representaciones sindicales, se dará en un proceso público tripartita en el que se muestren los resultados de la ponderación del proceso de promoción.

Con objeto de fortalecer a las escuelas normales públicas, a la Universidad Pedagógica Nacional y a los Centros de Actualización del Magisterio, de acuerdo con las necesidades del servicio educativo, el ingreso a estas instituciones corresponderá a la demanda prevista en el proceso de planeación educativa de la autoridad competente.

La admisión al servicio de educación básica que imparta el Estado se realizará por medio de procesos anuales de selección, a los que concurran los aspirantes en igualdad de condiciones, los cuales serán públicos, transparentes, equitativos e imparciales.

En este mecanismo se apreciarán los conocimientos, aptitudes y experiencia necesarios para el aprendizaje y desarrollo integral de los educandos para asegurar que la contratación del personal cumpla con el perfil profesional.

La admisión al servicio público educativo estará sujeta a la disponibilidad de plazas vacantes definitivas, temporales y de nueva creación, así como a las estructuras ocupacionales autorizadas; es decir, el número de las vacantes se definirá de conformidad con las necesidades del servicio público educativo y la disponibilidad presupuestal, con base en la planeación que realice el Sistema Educativo
Nacional.

Con información de EL HERALDO DE MÉXICO