28 marzo, 2024

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Nueva Era

Convocatoria para el proceso de selección y designación al cargo de Auditora o Auditor General del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Veracruz

El H. Congreso del Estado a través de la Comisión Permanente de Vigilancia, con fundamento en lo establecido en los artículos 116 fracción II, párrafo séptimo, de la Constitución Federal; 33, fracción VI, 58, fracciones I, II, IV y V, 67, fracción III, Base Octava de la Constitución Política de Veracruz; 18, fracción VI, 38, 39, fracción XXXIX de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado; 2, fracción IX, 87, 88, 89 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado; 5, fracción I, inciso g) y 44 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo del Estado y en cumplimiento al acuerdo de esta fecha emitido por esta Comisión se

C O N V O C A

A las y los ciudadanos que cumplan con los requisitos establecidos por los artículos 58, fracciones I, II, IV y V de la Constitución de Veracruz, y 87 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado, y que deseen participar en el proceso de selección y designación al cargo de Auditora o Auditor General del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Veracruz, a presentar su solicitud y documentación de aspirante conforme a las siguientes

B A S E S

PRIMERA. ASPECTOS GENERALES

El Congreso del Estado de Veracruz, como órgano legislativo con facultades soberanas y discrecionales, por conducto de la Comisión Permanente de Vigilancia1 será la encargada de desarrollar el proceso de selección y designación al cargo de Auditora o Auditor General del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Veracruz, conforme a lo establecido en el artículo 89 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado.

Las y los aspirantes interesados en participar en el proceso de selección y designación, deberán imprimir, llenar y firmar los formatos que para tal efecto se pondrán a disposición en el Portal del Congreso del Estado de Veracruz http://www.legisver.gob.mx/index.php así como en las oficinas de la Presidencia de la Comisión de Vigilancia, del 20 de agosto al 02 de septiembre de 2019, siendo obligación de los interesados recabar y presentar la documentación que establecen las Bases de esta Convocatoria en la oficina que ocupa la Presidencia citada.

Los formatos tendrán como único propósito recabar la información de los aspirantes, por lo que no podrá considerarse como una constancia de cumplimiento de requisitos de esta Convocatoria.

Quien así lo requiera, en los días y horarios mencionados, podrá asistir a las oficinas antes citadas para ser auxiliado en el llenado de los formatos, en un horario de 09:00 a 18:00 horas.

Las y los aspirantes que participen en el proceso de selección y designación en todo momento deberán mantener el cumplimiento de requisitos de esta Convocatoria; de no ser así, la Comisión de Vigilancia, descartará a la o el aspirante que incumpla este supuesto en cualquier etapa del proceso.

SEGUNDA. CARGO Y PERIODO POR DESIGNAR

El proceso de selección tiene como propósito designar a la Auditora o Auditor General del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Veracruz, que durará en el cargo siete años (2019-2026), en cumplimiento a los artículos 116, fracción II, párrafo noveno de la Constitución Federal; 67, fracción III, Base Octava, párrafos octavo y noveno de la Constitución de Veracruz; y 88 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado.

Quien sea designado para el cargo, no podrá formar parte de ningún partido político, ni desempeñar otro empleo, cargo o comisión, salvo los no remunerados en asociaciones científicas, docentes, artísticas o de beneficencia.

TERCERA. REQUISITOS POR CUMPLIR

1. Ser veracruzana o veracruzano y haber residido en la entidad durante los dos años anteriores al día de la designación; o mexicano por nacimiento con vecindad mínima de cinco años en el Estado; en ambos casos, ser ciudadana o ciudadano en pleno ejercicio de sus derechos.

2. Tener, cuando menos, treinta y cinco años cumplidos y no más de setenta al día de su designación.

3. Gozar de buena reputación, y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente su buena fama, lo inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena.

4. No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto religioso, a menos que se separe conforme a lo establecido en la Constitución Federal y la ley de la materia.

5. No haber sido, durante el año previo al de su nombramiento, titular de dependencia o entidad del Poder Ejecutivo del Estado, Senador, Diputado Federal o Local, Magistrado, Presidente Municipal o Gobernador del Estado.

6. Poseer, al día del nombramiento, título profesional de contador público, licenciado en derecho, licenciado en economía o licenciado en administración pública, expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello, con una antigüedad mínima de cinco años.

7. Contar al momento de su designación con una experiencia de, al menos, cinco años en materia de control, auditoría financiera y de responsabilidades.

CUARTA. DOCUMENTACIÓN POR ENTREGAR

1. Solicitud y manifestación de interés de participar en el proceso de selección y designación al cargo, aceptación de las Bases de la Convocatoria y escrito libre de exposición de motivos que cuente con al menos los siguientes rubros: a) razones que posicionen al aspirante como la mejor propuesta para ser Auditora o Auditor General, b) objetivos, estrategias y líneas de acción para fortalecer el procedimiento de Fiscalización Superior en Veracruz, c) principales áreas de oportunidad para mejorar la institución; todo lo anterior, con firma autógrafa, a través del formato correspondiente. (Formato A).

2. Copia certificada de acta de nacimiento con una antigüedad máxima de tres meses.

3. En caso de que la o el aspirante no sea originario del Estado de Veracruz, deberá presentar documento idóneo expedido por autoridad oficial, que permita acreditar una vecindad efectiva y real en el Estado de, al menos, 5 años, (carta o constancia de residencia, vecindad o documento homólogo).

4. Original y copia de Credencial para Votar, Cédula Profesional o Pasaporte; en cualquiera de los casos, deberá estar vigente.

5. Dos fotografías recientes tamaño infantil a color.

6. Copia de comprobante de domicilio con una antigüedad máxima de tres meses.

7. Título y Cédula Profesional con una antigüedad mínima de cinco años, en original o copia certificada, así como copia simple para su respectivo cotejo.

8. Currículum vitae firmado por la o el aspirante, el cual deberá contener, entre otros datos: nombre y apellidos completos, domicilio, teléfonos y correo electrónico, formación y actividades académicas, trayectoria profesional, actividad empresarial, cargos de elección popular, organizaciones de cualquier tipo a las que pertenezca y el carácter de su Página 4 de 10 participación, así como el empleo, cargo o comisión que, en su caso, desempeñe al momento del registro.

9. Declaración bajo protesta de decir verdad, con firma autógrafa, a través del formato correspondiente en la que manifieste: (Formato B)

a) Tener ciudadanía mexicana por nacimiento y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos.

b) No haber sido condenada o condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión.

c) No pertenecer el estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto religioso.

d) No estar inhabilitada o inhabilitado para ejercer cargos públicos en cualquier institución pública federal o local;

e) No haberse desempeñado durante el año previo al de su nombramiento, como titular de dependencia o entidad del Poder Ejecutivo del Estado, Senador, Diputado Federal o Local, Magistrado, Presidente Municipal o Gobernador del Estado.

f) La aceptación de dar por concluido todo empleo, cargo o comisión en caso de ser designada o designado al cargo de Auditor General;

g) Toda la información que, con motivo del proceso de selección a que se refiere la Convocatoria, ha proporcionado o llegue a proporcionar es veraz y toda la documentación que ha entregado o llegue a entregar es auténtica;

h) La aceptación de sujetarse a las Bases establecidas en la presente Convocatoria durante el proceso de registro, selección y designación y,

i) Consentimiento para que sus datos personales sean utilizados únicamente para los fines de la convocatoria.

Los formatos de los documentos por entregar señalados en los párrafos 1 y 9 de la Base Cuarta de esta Convocatoria, estarán disponibles del 20 de agosto al 02 de septiembre de 2019 en el Portal del Congreso del Estado de Veracruz http://www.legisver.gob.mx/index.php así como en las oficinas de la Comisión de Vigilancia.

La documentación deberá entregarse en el estricto orden señalado por la presente Convocatoria y de manera digitalizada en formato PDF contenida en medio magnético (USB).

QUINTA. PLAZOS Y HORARIOS PARA RECEPCIÓN DE SOLICITUDES Y NOTIFICACIONES

Los formatos, así como la documentación solicitada en la presente Convocatoria se recibirán del 20 de agosto al 02 de septiembre de 2019, en un horario de 9:00 a 18:00 horas en las oficinas que ocupa la Presidencia de la Comisión de Vigilancia, ubicada en Avenida Encanto s/n, esquina Lázaro Cárdenas, Colonia El Mirador, Código Postal 91170, Xalapa-Enríquez, Veracruz.

Todas las notificaciones se harán mediante el Portal del Congreso del Estado de Veracruz http://www.legisver.gob.mx/index.php, salvo aquéllas que con efectos de notificación personal se realizarán mediante el correo electrónico Página 5 de 10 que hayan proporcionado y que deberán ser acusadas de recibido por los aspirantes de forma inmediata a su recepción, en la inteligencia que quienes no lo hagan dentro de las veinticuatro horas posteriores a su envío, se tendrán por debidamente notificados.

SEXTA. PROCESO DE SELECCIÓN Y DESIGNACIÓN

1. Recepción de solicitudes y documentación de las y los aspirantes 2

La Presidencia de la Comisión de Vigilancia del martes 20 de agosto al lunes 02 de septiembre de 2019 recibirá las solicitudes y documentación que presenten las y los aspirantes.

Al momento de presentar la solicitud de registro y entregar la documentación correspondiente, las y los aspirantes recibirán un acuse con un folio asignado y la descripción de la información y documentación entregada, el cual deberán firmar de conformidad; comprobante que tendrá como único propósito acusar de recibida la documentación ahí referida, por lo que en ningún caso se podrá considerar como constancia de cumplimiento de los requisitos de esta Convocatoria.

En caso de que alguna o algún aspirante no entregue la totalidad de la documentación, podrá subsanar la omisión siempre y cuando se encuentre dentro del periodo de registro establecido en la presente Convocatoria.

La Presidencia de la Comisión de Vigilancia, en términos del artículo 53 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo del Estado, será la responsable de concentrar las solicitudes y documentación correspondiente para la integración de los expedientes y proporcionará el apoyo necesario para la debida integración de las solicitudes.

Los expedientes estarán bajo resguardo de la Presidencia de la Comisión de Vigilancia, para consulta de las y los integrantes de la Comisión citada.

2. Revisión y análisis de solicitudes 3

Del 03 al 05 de septiembre de 2019, la Presidencia de la Comisión de Vigilancia revisará y analizará las solicitudes y documentación aportada por las y los aspirantes, para determinar cuáles cumplen con los requisitos de ley y la presente Convocatoria.

En esta etapa se analizará que documentalmente sea posible identificar competencias indispensables de la función pública que requiere el cargo.

Así, el día 05 de septiembre de 2019 se emitirá un acuerdo sobre las y los aspirantes que cumplieron con los requisitos, mismo que aprobará la sede y horarios para las entrevistas que deban realizarse.

2 Conforme a la fracción I del artículo 89 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado.

3 Conforme a la fracción II del artículo 89 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado. Página 6 de 10.

3. Entrevistas a las y los aspirantes 4

Las y los aspirantes que la Comisión de Vigilancia haya determinado que cumplieron los requisitos, serán notificados mediante el acuerdo que al efecto emita la Presidencia de la Comisión, que deberá ser publicado en el Portal del Congreso del Estado de Veracruz http://www.legisver.gob.mx/index.php.

Las y los aspirantes referidos en el párrafo anterior, serán entrevistados personalmente en las fechas y horarios aprobados dentro del periodo comprendido entre el 06 al 20 de septiembre de 2019 en un horario de las 09:00 a las 18:00 horas. Los horarios serán inamovibles.

Las o los aspirantes que no se presenten a la entrevista respectiva, serán descartados para la integración de la terna de candidatos para ocupar el cargo por designar.

Esta etapa tendrá por objeto identificar presencialmente que el perfil de las y los aspirantes se apegue a los principios rectores en materia de auditoría financiera, control de cuentas públicas y de responsabilidades administrativas, propios de la función que debiera requerirse para el desempeño del cargo por designar.

La entrevista será presencial y se realizará con al menos tres diputados integrantes que designe la propia Comisión de Vigilancia, y deberá atender al proceso siguiente:

a) Los aspirantes deberán presentarse por lo menos 30 minutos previos a la hora de inicio de la entrevista; y

b) Se conforma de tres etapas: apertura, desarrollo y cierre; tendrá una duración total de hasta 20 minutos.

4. Integración de la terna de candidatos para ocupar el cargo por designar 5

La Comisión de Vigilancia emitirá, a más tardar el día 25 de septiembre de 2019, el Dictamen que tendrá por objeto integrar la terna de candidatos a ocupar el cargo por designar, en el que se establecerá el orden de prelación para los efectos de la votación correspondiente y los elementos sobre la idoneidad y capacidad para el desempeño del cargo de la o el aspirante. Mismo que será propuesto inmediatamente al Pleno del Congreso del Estado de Veracruz.

El Congreso elegirá conforme a la votación prevista en la ley, de entre los integrantes de la terna, a quien deba desempeñar el cargo por designar.

4 Conforme a la fracción III del artículo 89 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado.

5 Conforme a la fracción IV del artículo 89 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado.

Cuando conforme al orden de prelación, alguno de los candidatos obtenga la votación necesaria, se dará por concluida la votación.

En caso de que ninguno de los candidatos obtenga la votación requerida, conforme en lo establecido en el artículo 89 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas, el Congreso instruirá a la Comisión para que dictamine la presentación de una nueva terna, de la que no podrán formar parte los integrantes de la terna anterior.

SÉPTIMA. DESIGNACIÓN

En la sesión en que se discuta el Dictamen referido en la Base Sexta, numeral cuatro, de la presente Convocatoria, deberán estar presentes los integrantes de la terna para que a la o el ciudadano designado en el acto, le sea tomada la protesta de ley; ordenándose su publicación en la Gaceta Oficial Órgano de Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

OCTAVA. TRANSPARENCIA

La información y documentación que integre los expedientes individuales de las o los aspirantes será confidencial en términos de lo establecido en el artículo 68, fracciones IV, VI y VII de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, por lo que no podrá tener otro fin que el previsto en el proceso objeto de la presente Convocatoria, ni ser utilizada o difundida salvo que medie consentimiento expreso del titular y hasta que concluya el proceso objeto de la presente convocatoria conforme a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado.

NOVENA. CASOS NO PREVISTOS Lo no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por la Comisión de Vigilancia y, en su caso por el Pleno del Congreso, con base en lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Legislativo, Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas y Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo, todos ordenamientos del Estado de Veracruz.

DÉCIMA. AVISO DE PRIVACIDAD

Elabórese el aviso de privacidad y hágase la publicación correspondiente. El cual estará disponible en el Portal del Congreso del Estado de Veracruz http://www.legisver.gob.mx/index.php. DADO EN LA SALA DE COMISIONES DEL PALACIO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE XALAPA-ENRÍQUEZ, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE POR LA COMISIÓN PERMANENTE DE VIGILANCIA

DIP. ERIC DOMÍNGUEZ VÁZQUEZ

PRESIDENTE

DIP. MÓNICA ROBLES BARAJAS

SECRETARIA

DIP. HENRI CHRISTOPHE GÓMEZ SÁNCHEZ

VOCAL

DIP. MARÍA ESTHER LÓPEZ CALLEJAS

VOCAL

DIP. DEISY JUAN ANTONIO

VOCAL

DIP. WENCESLAO GONZÁLEZ MARTÍNEZ

VOCAL

DIP. MAGALY ARMENTA OLIVEROS

VOCAL

DIP. VÍCTOR EMMANUEL VARGAS BARRIENTOS

VOCAL

DIP. BINGEN REMENTERÍA MOLINA

VOCAL

DIP. JUAN MANUEL DE UNANUE ABASCAL

VOCAL

DIP. MARÍA GRACIELA HERNÁNDEZ IÑIGUEZ

VOCAL

DIP. RODRIGO GARCÍA ESCALANTE

VOCAL

DIP. BRIANDA KRISTEL HERNÁNDEZ TOPETE

VOCAL

DIP. FLORENCIA MARTÍNEZ RIVERA

VOCAL

DIP. ERIKA AYALA RÍOS

VOCAL

La presente hoja de firmas corresponde a la Convocatoria para el proceso de selección y designación al cargo de Auditora o Auditor General del Órgano de Fiscalización Superior del Estado de Veracruz, periodo 2019-2026.