17 mayo, 2024

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Esto es lo que debes saber si tienes saldo a favor, tras declaración anual: SAT

Boca del Río, Ver.- La temporada de declaraciones anuales para personas físicas correspondiente al ejercicio fiscal 2023 está por concluir, y con ella, surgen las dudas sobre los plazos y procedimientos a seguir.

Según el Administrador Desconcentrado de Servicios al Contribuyente Veracruz II del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Arturo Lázaro Aguilar el plazo final para la presentación de la declaración anual es el 30 de abril de 2024.

En entrevista, recordó que si ya se presentó la declaración y aún no recibe su devolución, el SAT invita a seguir los siguientes pasos:

Si únicamente te devolvieron una parte de tu saldo a favor, el saldo autorizado vía devolución automática puede ser parcial cuando exista diferencia en la información correspondiente a retenedores, gastos deducibles o estímulos.

Para solicitar la devolución del remanente de tu saldo a favor, ingresa al Portal del SAT con tu RFC y Contraseña, completa el Formato Electrónico de Devoluciones y envíalo con tu e.firma. Si tienes inconsistencias, solvéntalas.

Sino recibiste tu devolución, cuando el saldo declarado no sea devuelto total o parcialmente, debes solventar las inconsistencias en el Portal del SAT.

Se requiere del RFC y Contraseña para el acceso al Portal y e.firma para que se genere automáticamente su solicitud de devolución vía Formato Electrónico de Devoluciones (FED).

Recordó que lo primero que se debe saber es que cuando un contribuyente cuenta con un saldo a favor, tiene la opción de solicitar la devolución de los impuestos, posibilidad que se encuentra estipulada en la Ley Federal de los Derechos de los Contribuyentes.

El saldo a favor se devolverá dentro de un plazo de 40 días hábiles posteriores a la fecha en la que se llevó a cabo la solicitud ante la autoridad fiscal.

Para mayor información invitó a visitar la página oficial del Sistema en www.sat.gob.mx/consultas.

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