* Aburto y su defensa legal acusaron múltiples violaciones durante su enjuiciamiento en 1994, entre ellas tortura, falta de acceso a un abogado, fallas en el debido proceso
La Primera Sala de la Corte prevé discutir hoy un asunto relacionado con Mario Aburto Martínez. En la discusión, la Corte podría avalar una resolución judicial que ordena la posible liberación del asesino confeso del excandidato presidencial Luis Donaldo Colosio en 1994.
La Corte planea analizar un amparo solicitado por la Fiscalía General de la República (FGR) en el que piden echar atrás una sentencia en la que un Tribunal concedió la protección de la ley a Aburto y ordena su libertad.
De acuerdo con la solicitud de la FGR, dicho Tribunal Colegiado en Materia Penal del Estado de México no tomó en cuenta durante el juicio a los familiares de la víctima (Luis Donaldo Colosio) antes de dar su resolución.
En aquel juicio, los magistrados Rubén Arturo Sánchez Valencia y Luis Alberto Castro (con el voto en contra del Magistrado José Pablo Pérez Villalba) determinaron conceder la protección de la justicia a Aburto Martínez, resolución en la que se ordenaba a un Tribunal Colegiado de Apelación del Estado de México revocar la sentencia de 45 años de prisión.
Aburto y su defensa legal acusaron múltiples violaciones durante su enjuiciamiento en 1994, entre ellas tortura, falta de acceso a un abogado, fallas en el debido proceso; y principalmente, que el delito se juzgó como una falta federal, cuando, según la defensa, debió analizarse como un delito del fuero común de Baja California en aquel momento.
Este último asunto fue el que, principalmente, causó que el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Estado de México concediera la protección de la ley a Aburto:
“Como se puede apreciar, el delito de homicidio calificado fue juzgado conforme a las disposiciones del Código Penal Federal, lo cual, de manera respetuosa, no es compartido por este tribunal colegiado, en virtud de que tanto el juez de la causa como la autoridad responsable debieron observar la competencia excepcional de conexidad y no federalizar el ilícito de homicidio calificado, sino juzgarlo conforme a las disposiciones del Código Penal del Estado de Baja California, pues ese ilícito corresponde al fuero estadual”, expone el expediente judicial.
Es decir, el delito se debió juzgar en el fuero de Baja California, y no a nivel federal, según los códigos penales de 1994.
Por ello, la resolución del Tribunal Penal ordena que se dejara insubsistente la sentencia actual contra Aburto y se dictara una nueva, ahora basada en el Código Penal de Baja California en aquel momento.
Con ello, Aburto podría haber quedado libre desde marzo de este año; sin embargo, el amparo promovido por la FGR ante la SCJN frenó su salida de la cárcel.
La discusión del proyecto a cargo del ministro González Alcántara Carrancá planeada para este miércoles 25 de septiembre podría definir el futuro de Aburto Martínez.
Además de este asunto, Aburto poseía otro expediente en la SCJN, a cargo de la ministra Margarita Ríos Farjat. En ese asunto, la ministra planeaba desechar la impugnación de la FGR contra la orden de liberación de Aburto, aunque quedó pausado debido al estudio del proyecto que de González Alcántara Carrancá.
EL SOL DE MÉXICO