3 mayo, 2024

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Nueva Era

Aprueban diputados juicio político contra expresidenta del Poder Judicial

La magistrada Sofía Martínez Huerta, siendo presidenta del Tribunal Superior de Justicia, afectó los
intereses públicos fundamentales y, por consiguiente, a su correcto despacho.

El Pleno de la LXV Legislatura en Veracruz por primera vez en la historia del Congreso,
en sesión extraordinaria, con carácter de privada y con 35 votos a favor, aprobó el
dictamen, por el cual se determina que la magistrada Sofía Martínez Huerta, siendo
presidenta del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura, del Poder
Judicial del Estado de Veracruz, afectó los intereses públicos fundamentales y, por
consiguiente, a su correcto despacho.

Al término de la sesión, el presidente de la Comisión Permanente Instructora, diputado
Víctor Emmanuel Vargas Barrientos, informó sobre esta decisión del Pleno y argumentó
que ello es resultado de un trabajo transparente y con estricto apego a lo señalado en la
Ley de Juicio Político y Declaración de Procedencia para el Estado de Veracruz de
Ignacio de la Llave.

Al precisar que el Congreso de Veracruz actúa en estricto apego a derecho, dio cuenta de
la rectitud y transparencia en todas las etapas del proceso iniciado en las comisiones
permanentes unidas de Gobernación y de Justicia y Puntos Constitucionales, en
observancia permanente de la ley y respeto de las instancias y los tiempos legalmente
establecidos.

Indicó que el dictamen es resultado de la denuncia de juicio político presentada por el juez
José Clemente Zorrilla, quien, en noviembre del año pasado, fue removido del juzgado a
su cargo por la magistrada, siendo que esta decisión es exclusiva del Consejo de la
Judicatura y no de una persona en particular; motivo por el que se determina que podría
existir usurpación de funciones en el Poder Judicial.

Además de los 35 votos a favor, este resolutivo registró 9 votos en contra, sin
abstenciones. Tras ser aprobado por esta Soberanía, se instruyó remitir al Tribunal
Superior de Justicia el expediente que contiene la acusación y las constancias del
procedimiento, a fin que los magistrados integrantes de la Sala Constitucional notifiquen a
la denunciada para que formule los alegatos a su favor y será la Comisión Instructora la
que ratifique dicha acusación.

Posteriormente, conforme a lo dispuesto en los artículos 27 al 32 de la Ley de Juicio
Político y Declaración de Procedencia y siguiendo la secuela procesal, podría negarse la
declaración de inhabilitación o destitución, si la resolución del Jurado de Sentencia es
absolutoria o si no se obtiene la mayoría calificada que exige este ordenamiento.

Por otra parte, si la resolución resulta condenatoria, se sancionará a la servidora pública,
si está en funciones, con la destitución del cargo y la inhabilitación para desempeñar
cualquier empleo, cargo o comisión públicos por un período de uno hasta diez años,
atendiendo a la gravedad de la infracción. Si no está en funciones, se decretará su
inhabilitación en los términos indicados.